Nuevo...

Verano 2022
bariloche-dos-1
Vacaciones de Julio
Mendoza y Cuyo
merlo 10
Sierras Y Valles

INFORMACIÓN ÚTIL DEL MUNDO DEL TURISMO

REPROGRAMACÍON DE TU VIAJE


Detalles del anuncio que entrará en vigor desde el primer día de 2022:

    A partir del 1 de enero,
  • toda persona a partir de los 13 años que realice actividades definidas de alto riesgo epidemiológico y sanitario deberá acreditar tener un esquema de vacunación completo contra COVID-19. Para ello deberá exhibirlo ante el requerimiento del personal público o privado designado para su constatación

  • Las actividades definidas para la acreditación del pase son: asistencia a locales bailables, discotecas o similares que se realicen en espacios cerrados, salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados, viajes grupales de egresadas y egresados, de estudiantes, jubiladas y jubilados o similares y eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos y cerrados o al aire libre.
  • La forma de acreditación será a través de la aplicación “Cuidar" -Sistema de prevención y cuidado ciudadano contra COVID-19 que puede descargarse en forma gratuita en las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e iOS-.
  • La versión de la aplicación “Cuidar” que se debe tener instalada es la 3.6, la cual ya se encuentra disponible para descarga en una versión de prueba y estará completamente operativa desde el 1 de enero de 2022. El proceso correcto para actualizar la app Cuidar, si ya se contaba con la plataforma descargada en el teléfono con anterioridad, es desinstalar la aplicación y volver a instalarla.
  • Si el auto diagnóstico de la aplicación arrojara algún síntoma compatible con COVID-19 o si la persona estuviera notificada en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud como caso activo de COVID-19, se bloqueará la pantalla de la aplicación “Cuidar” sin permitirle acceder a ninguna otra pantalla ni certificado hasta tanto se modifique esta condición, independientemente de tener el esquema de vacunación completo.
  • Las personas que no pudieran acceder a la aplicación, siempre y cuando no se encuentren cursando la enfermedad, podrán solicitar a la autoridad jurisdiccional competente el certificado de vacunación contra COVID-19 en el cual consten las dosis aplicadas y notificadas al Registro Federal de Vacunación Nominalizado (NOMIVAC).
  • El Ministerio de Salud de la Nación determinará el criterio de definición de esquema completo de vacunación contra COVID-19.
  • Las autoridades de las jurisdicciones dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de medida. Además, podrán exigir la acreditación del esquema completo para actividades adicionales en función de la situación epidemiológica, el plan de vacunación local y los avances en las coberturas de vacunación contra COVID-19.
  • La implementación del pase sanitario Cuidar es una medida impulsada en el marco del Consejo Federal de Salud con el consenso entre la cartera sanitaria nacional y los ministros de salud de las 24 jurisdicciones. Representa una herramienta clave para sostener los logros de la actual situación, reducir los riesgos epidemiológicos y seguir brindando protección contra COVID-19 a cada vez más ciudadanas y ciudadanos.
RECUERDE SIEMPRE ANTES DE SU VIAJE CONSULTAR SU PRE PAGA U OBRA SOCIAL PARA PRESENTARLES SU VIAJE Y VERIFICAR LA COBERTURA Y TRASLADOS SANITARIOS Y/O FUNERARIOS. SI NO TUVIESE OBRA SOCIAL O PREPAGA LE RECOMENDAMOS CONTRATAR SIEMPRE UN SEGURO MEDICO ASISTENCIAL.

Estimados Clientes, Nos ponemos en contacto con Ustedes y por este medio especialmente para informarlos sobre los protocolos especiales que hemos puesto en marcha, de acuerdo a la situación desde el lunes 16 de marzo de 2020, a raíz del brote y evolución de COVID-19. Este comunicado es de suma importancia por lo que rogamos lo analicen conscientemente y además lo difundan a sus amigos o clientes que hayan decidido viajar o estén pensando en hacerlo siendo nuestra Empresa, Organizadora o Intermediaria del producto turístico, pero sobre todo en la operatoria como organizador de programas grupales terrestres. La seguridad de nuestros pasajeros, tripulantes y funcionarios dentro de la cadena de prestaciones ha sido para nosotros una prioridad inexcusable, de esta manera por la información recabada en el tiempo que lleva el COVID-19 además de los procedimientos establecidos en nuestra organización, incluidos los equipos externos de salud, alimentación y prioridades por rangos etarios: Estudiantes, Adultos y 3ra Edad sobre todo, le COMUNICAMOS que hasta nuevo aviso de autoridades competentes Nacionales e Internaciones y también de acuerdo a nuestro criterio basado en 35 años de experiencia y siempre alineados en el principio humanitario, seguiremos trabajando respecto a nuestras operaciones de la siguiente manera: En la medida que la Secretaría de Turismo de la Nación - Organismo dependiente de la Presidencia de la Nación no se expida contrariamente a la realización de viajes Nacionales indudablemente SIN VIOLAR las normativas vigentes por Decretos que que abarcan y atañen a Transporte, Hotelería, Restaurantes, espacios naturales de ocio y recreación, Parques Nacionales con el número autorizado de participantes por “evento”, continuaremos ofreciendo nuestra programación habitual en la medida que el número de inscriptos no haga deponer las salidas y/o que la realización del viaje pueda concretarse de acuerdo a nuestro IT según las especificidades y/o inclusiones que programamos a priori y no se vean de una manera u otra acotados por ordenanzas y/o prohibiciones que vayan surgiendo en la mediada que avanza la pandemia o se tomen medidas para evitar su propagación y por ende sea un indicador de que no es válido el destino en su conjunto para desarrollar la actividad previamente acordadas, con o sin pandemia. Somos conscientes de la GRAVEDAD del COVID-19 y adherimos a que Sigas CONSCIENTE hasta cuando sea necesario y mas y sepamos que ya no corremos ningún riesgo nosotros y quienes tenemos a nuestro lado aquí y/o donde elijas viajar cumpliendo los PROTOCOLOS Nacionales, provinciales y Municipales, ademas de cumplimentar con las normas sociales de distanciamiento, uso obligatorio de barbijos y lavado frecuente de manos. De todas formas en CASA, en FAMILIA ocupados por este aislamiento necesario nosotros te proponemos como un de los pasatiempos que pienses, programes tu próximo viaje porque nosotros como Organización seria y comprometida y vos como un feliz cliente que lo has sido, debemos también salvar la Industria del Turismo la cual es un eje vertebral en la economía mundial. Tené en cuenta lo siguiente: Si no hay medidas que restrinjan y/ o coarten el normal desenvolvimiento de un viaje o en su defecto los organismos de control NO PROHIBAN la ejecución de viajes con destinos Nacionales nos vemos en la obligación de: PROHIBIR la venta, el viaje, el embarque o la prosecución en caso de probar los siguientes motivos: A) Todas aquellas personas que hayan viajado en los últimos 15 días “a”, “desde”, “A través” de los países denominados de RIESGO o que hayan atravesado fronteras Provinciales, nacionales e Internacionales de forma Aérea pero de igual modo terrestre sin cumplir con la cuarentena impuesta por las autoridades de Gobierno que la apliquen y en nuestro caso por seguridad a bordo apreciando que cada día se suman más países a la lista de “los de Riesgo” B) Toda persona que haya estado en contacto durante los últimos 14 días con personas de las zonas o provincias o países de riesgo o quienes estén o estuvieren en contacto con personas de provincias y países limítrofes en relación con personas de los países de riesgo. C) Todas aquellas personas que se sientan indispuestas o presenten síntomas gripales o sintomatología espejo a cualquiera de los síntomas del COVID-19. D) La Organizadora Leg 660, obligara en todos sus paquetes grupales e individuales viajen por cualquier medio la contratación de un Seguro Médico Asistencial especial COVID 19 al margen que presente el status del viaje a “su” Obra Social o Pre Paga a fin de recibir atención en caso de requerirlo. La Organizadora 660 a partir de la fecha y para viajes realizados dentro de territorio nacional requerirá en caso de que el cliente posea o no posea obra social una póliza de una aseguradora de primer nivel para cubrir la atención y sobre todo el tratamiento y protocolo de cualquiera de sus pasajeros que contraigan COVID19 durante el viaje. Téngase presente que las aseguradoras de asistencia “sufragará las atenciones médicas que reciban aquellas personas aseguradas que resulten infectadas por el coronavirus durante un viaje, dentro de los límites fijados por el contrato”. Los días –contabilizados como jornadas completas- se calcularán a partir de la fecha prevista como inicio de viaje o embarque. Además, se aconseja SOLIDARIAMENTE que las personas que cumplan con el tiempo límite de 15 días previos antes del embarque y si estuvieron en contacto con personas en situación de riesgo o con síntomas gripales procedan a realizarse la revisión médica antes del inicio del viaje. No podrán viajar aquellas personas que padezcan fiebre o presenten bajos niveles de oxígeno en sangre o tengan dificultades respiratorias o tengan tos o tengan una situación espejo respecto de cualquiera de los síntomas del COVID-19, además de incluir para la restricción a los grupos de riesgo. Estas medidas son aconsejadas por varios de los organismos de lucha contra el COVID-19 pero sobre todo por la Organización Mundial de la Salud. Las medidas previas serán expresadas mediante una declaración jurada de salud indicando expresamente lo citado. Una vez embarcados todos los pasajeros deben saber que ante la menor duda o síntoma de ellos o miembro de la tripulación o miembro de prestación de cualquiera de nuestros prestadores activaremos el protocolo indicado por las autoridades de gobierno que incluyen, entre otros, tratamiento médico profesional, aislamiento de personas enfermas, la intensificación de los procedimientos de limpieza y para el caso de la unidad de transporte la filtración de aire y desinfección de la misma. Para la Hotelería específicamente se tendrá en cuenta el protocolo del Decreto 260/20. Se debe aclarar que un viaje interjurisdiccional puede tener diferencia en sus requisitos de ingreso, circulaciòn y/o pernocte entre las provincias e incluso los Municipios o Partidos que se impliquen en la organizaciòn del viaje. Dejamos claro, en la medida que los organismos de control no PROHIBAN los VIAJES terrestres dentro del territorio de la República Argentina, todas aquellas personas que quieran cancelar su viaje por motivos diferentes a los anteriormente expuestos (protocolos de salud relacionados con el coronavirus, restricciones de transporte o decretos que desalienten el normal desenvolvimiento de la actividad turística) deberán abonar los correspondientes gastos de anulación de acuerdo a lo que estipula la Secretaría de Turismo de la Nación según Ley 18829.- Si la anulación, desistimiento o reprogramación se produce en los plazos restrictivos impuestos por los organismos de control por favor apreciar los párrafos, términos y condiciones para tal fin acordes con la ley 18829 y Decretos reglamentarios relacionados a los Ministerios que están al frente de la responsabilidad de frenar el COVID-19. Si se suspenden las operaciones terrestres y aereas como los cruceros por motivos de C19 se aplicara el protocolo de devoluciòn y reprogramaciones de acuerdo a lo estipulado por el ministerio de deporte y turismo de la republica Argentina. Somos conscientes de la situación y lo incómodo de la misma respecto de su viaje sea por necesidad o placer y lamentamos los hechos los cuales son ajenos a nuestro control y le solicitamos sean lo suficientemente responsables y CONSCIENTES para que todo el protocolo previo e itinerante sirvan para llevar a un buen fin los procedimientos que son para la seguridad de todos. INSTURCTIVO DE DESTINOS OPERADOS POR LEG 660 SECTUR. REPROGRAMACIONES - CANCELACIONES – DEVOLUCIONES COVID-19 Estimados clientes y colaboradores, como es de público conocimiento informamos a la comunidad viajera de nuestra Empresa que un brote de esta naturaleza implica tomar decisiones que se suceden en un contexto de incertidumbre y extremadamente cambiante debido a que los datos, evidencias, pericias y decretos gubernamentales evolucionan a cada momento. Por ello es de suma importancia estar informados y que las decisiones tomadas vayan de la mano en acuerdo a los lineamientos de organismos de control, a las condiciones legales que nuclea a nuestro sector y además al criterio humano y profesional que agregamos con absoluta responsabilidad como es nuestra costumbre. Por lo dicho COMUNICAMOS: 1) VAMOS A REPROGRAMAR LAS FECHAS DE SALIDAS EN TODOS NUESTROS SERVICIOS QUE SEAN AFECTADOS HASTA EL DIA 19 DE MARZO DE 2020. A PARTIR DE ESTE DÍA SEGUIREMOS CUMPLIMENTANDO LOS DECRETOS Y ORDENANZAS DE GOBIERNO. 2) LA REPROGRAMACION IMPLICA UNA LABOR COMPLEJA Y CONJUNTA CON TODOS LOS PRESTADORES QUE COMPONEN LA CADENA DE SERVICIOS QUE CADA CIRCUITO TIENE INCORPORADO O INCLUIDO PARA SU NORMAL DESEMVOLVIMIENTO. 3) EL NORMAL DESEMVOLVIMIENTO SE VE Y SE VERA AFECTADO, YA QUE LA EVOLUCIÓN DEL COVID19 VARIA EN CUESTIÓN DE HORAS POR RESOLUCIONES OFICIALES DRÁSTICAS COMO PUEDE SER LA PROHIBICIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS DE TURISMO O LA PROHIBICIÓN PARCIAL QUE AFECTE AUN SERVICIO EN CUESTIÓN COMO LO ES EL CIERRE DE PARQUES NACIONALES, RESTAURANTES Y LOCALES DE ESPARCIMIENTO, OCIO O DECRETOS QUE AFECTEN EL NORMAL SERVICIOS DE TRANSPORTE SU TRANSITABILIDAD. 4) POR LO ARRIBA EXPUESTO Y MIENTRAS NO HAYA DECERETO DE PROHIBICIÓN TOTAL DE LOS VIAJES NACIONALES DE PARTE DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL O, COMO EMPRESA ORGANIZADORA CONSTATEMOS QUE UN VIAJE O CIRCUITO NO SE VEA RESTRINJIDO EN SU SALIDA Y PROSECUCION POR DECRETOS MUNICIPALES, PROVINCIALES Y NACIONALES; LA EMPRESA DECIDE REPROGRAMAR PARA DESPUES DEL 31 DE MARZO TODA ACTIVIDAD Y NO CANCELAR DRÁSTICAMENTE NUESTRA PROGRAMACIÓN EN LA JUSTA Y RESPONSABLE MEDIDA DE LA EVOLUCIÓN DEL COVID-19 Y FUTURAS RESOLUCIONES. 5) POR EL MOMENTO Y DE ACUERDO A DECRETOS DE ORGANISMOS DE CONTROL NACIONALES Y A CONSEJOS ACATADOS DE ORGNISMOS INTERNACIONALES NO SE SUSPENDEN NI SE CANCELAN (considerando inoperables de forma indeterminada) LAS SALIDAS PROGRAMADAS DE LOS VIAJES NACIONALES, FRONTERAS ADENTRO, APLICANDO PROTOCOLOS DE SALUBRIDAD EN EL TRANSPORTE Y EL DECRETO 260/2020 COMO EJEMPLO A LA INSUSTRIA HOTELERA. 6) NUESTRAS DECISONES Y MEDIDAS COMO LA EVOLUCION DEL CVID-19 IRÁN CAMBIANDO SEGÚN DECRETOS Y RESOLUCIONES CONFIANDO QUE LOS PROTOCOLOS AYUDEN A PALEAR LA SITUACION DE PROPAGACIÓN. 6) DE ACUERDO LA INFORMACION ARRIBA DETALLADA ACALRAMOS EL SIGNIFICADO Y ALCANCE DE LOS TERMINOS: A) CANCELACIONES: Pueden ser por: A1) Motivos de “Decretos”. No tiene otro formato más que cancelarse oficialmente sin ninguna posibilidad de que para la fecha programada pueda efectuarse. Ejemplo medidas adoptadas hasta, por el momento, el 31 de marzo de 2020 o las restricciones en transporte y hotelería impuestos para reforzar las medidas en el feriado largo desde el viernes al martes 24 de marzo de 2020.- A2) Motivos de “Normal desenvolvimiento”. Aunque no haya decreto o reglamentación al respecto, la Empresa entendiendo que el viaje, la transitabilidad, los destinos intermedios o el destino puntual NO está en condiciones de permitir cumplimentar con el compromiso previamente acordado según el itinerario, medio de transporte, rutas, inclusiones, estadía, ocio, negocios, razones deportivas, científicas y/o de cualquier otro tipo que abarquen el conjunto de actividades que un turista pueda realizar durante su viajes y/o permanencia en el/los destinos elegidos. Por lo antes dicho el viaje puede ser CANCELADO O BIEN POSTERGADO o REPROGRAMADO. En cada caso el cliente NO PERDERA su entrega. A continuación le mostramos cuales son las opciones: 1) Cuando ES CANCELACIÓN y por motivo inexcusable (véase motivos en apartado Ley 18829) y “el viaje en cuestión” NO PERMITA bajo ningún aspecto su REPROGRAMACIÓN (esto de acuerdo a análisis de la Empresa o de acuerdo al criterio del cliente) se hará la DEVOLUCION del 100% de los importes declarados como, valor total y definitivo, entregado a la Empresa o intermediarios legalmente habilitados, siendo estos solidariamente responsables de la devolución. La devolución del valor total y definitivo entregado independientemente del tiempo transcurrido, los vaivenes económicos del país y las fluctuaciones de moneda le serán devueltos de acuerdo exclusivamente a lo entregado y según pueda apreciarse en el recibo o factura correspondiente en la moneda que fue entregada o al cambio oficial al momento de la transacción y por el importe total al cambio de moneda nacional obtenido en ese momento. 2) Cuando ES CANCELACION OBLIGATORIA para una FECHA DETERMINADA y sea IMPERIOSO adoptar medidas tendientes a desalentar el movimiento de la ciudadanía con fines turísticos en el territorio de la Nación, como la resolución 131/2020 para el período comprendido entre la fecha y el 31 de marzo del año en curso. Si NO es posible la reprogramación como en el caso anterior, se hará la DEVOLUCION del 100% de los importes entregados como valor total y definitivo a la Empresa o intermediarios legalmente habilitados. La devolución del dinero independientemente del tiempo transcurrido, los vaivenes económicos del país y las fluctuaciones de moneda le serán devueltos de acuerdo exclusivamente a lo entregado y según pueda apreciarse en el recibo o factura correspondiente en la moneda que fuera entregada o al cambio oficial del momento de la transacción. Si es posible la REPROGRAMACION se hará Nota de Crédito por el valor total y definitivo entregado por el cliente al organizador, de acuerdo a condiciones abajo expresadas. OPCIONES DE REPROGRAMACIÓN REPROGRAMACIÓN CON FECHAS VARIABLES En el caso de haber fecha límite de prohibiciones por decreto (COVID-19 al 31 de Marzo de 2020) la empresa ya trabaja en fechas alternativas para la reprogramación, la tarea se desarrollan con absoluta responsabilidad, prontitud y siguiendo la evolución del COVID-19, pero pueden verse condicionadas por: • La capacidad de los prestadores de servicios de poder brindar los servicios en fechas de similar movilidad/almanaque. • La capacidad de los prestadores de mantener las tarifas acordadas para los periodos cancelados, ya que la situación en sí COVID 19 agrava las condiciones inflacionarias y complica la sujeción de tarifas recordando que el Organizador, de acuerdo a ley 18829 de la Secretaria de Turismo de la nación, actúa como intermediaria y portavoz de los prestadores de servicios no siendo responsable por capacidad y alteración que pudiera existir. Las fechas REPROGRAMADAS se informarán a partir del levantamiento de las restricciones en la medida que los organismos de gobierno y SECTUR no amplíen los plazos restrictivos. Es decir hasta que las restricciones totales por el coronavirus ya no existan. Si se amplían los plazos y restricciones les serán informadas oportunamente las medidas a tomar en virtud de ellas. Las CONDICIONES de la reprogramación también serán informadas en la misma comunicación y si bien es entendible que la reprogramación puede contener ciertas modificaciones de “implementación” o “tarifarias” la Empresa ha decidido que todos aquellos clientes que tengan CANCELADO SU VIAJE o sea que hayan PAGADO LA TOTALIDAD DEL MISMO a la fecha del 16 de Marzo de 2020 se le RESPETARA la tarifa pactada a la fecha de reprogramación dentro del plazo fijado al 15/12/2020.- Por el contrario los Clientes que tengan dinero a CUENTA, por alguno de los viajes, con las fechas de restricción actual 31/03/2020 o POSTERIOR a la misma en la actualidad o si hubieran nuevas restricciones; NO PERDERAN SU APORTE ya que tienen la posibilidad de: 1) LA EMPRESA LE OTORGARÁ UNA NOTA DE CRÉDITO POR EL VALOR DE SU APORTE – VALOR PRESENTE (VP/TOTAL Y DEFINITIVO) - SIN NINGUNA QUITA por 365 días a partir de su fecha de “16 de Marzo de 2020” y hasta el “16 de marzo de 2021” para ser UTILIZADA/IMPUTADA como parte de pago, TOTAL Y DEFINITIVO en un todo de acuerdo según SU NOTA DE CREDITO para cualquiera de los viajes TERRESTES a cualquier destino que organice la Empresa LEGAJO 660 SECTUR. La NOTA DE CREDITO podrá ser utilizada por el titular o alguien que este autorice, solo el titular podrá transferirla, cederla o practicar una transferencia de fondos a otro viajero en las mismas condiciones que el titular y de acuerdo al VP como total y definitivo para la nueva reserva, teniendo en cuenta lo siguiente: 1ª) Le será informado: días, horarios y medios para hacerse de la NOTA DE CREDITO en un todo de acuerdo a las restricciones y decretos que nos indiquen los decretos gubernamentales para la atención a público. 2) Para OBTENER su NOTA DE CREDITO deberá traer “Sine qua non” el contrato de viaje y los recibos de pago que le entregaron al momento de realizar su/s pagos, es decir que sin lo cual no podrán retirarla porque es indispensable, imprescindible y esencial para obtenerla. (CONDICION OBLIGATORIA). 3) Los PLAZOS de entrega de la NOTA de CREDITO irán en relación al punto (1) resumiendo hasta que las restricciones por el coronavirus ya no existan pero no hay de qué preocuparse ya que sus recibos de pagos ya implican que usted puede tramitar su NOTA de CREDITO y no hay límite para ello más que la propia devolucion o reprogramacion. 4) Paquete adquirido en otro punto de venta ajeno a la Organizadora LEG 660 SECTUR. Si Usted adquirió su paquete en una Agencia de Viajes legalmente autorizada baja legajo SECTUR o usted es una Agencia de Viajes autorizada y seño o canceló un paquete operado por nuestra Operadora, se le emitirá la NOTA de CREDITO nombre de su Empresa y se indicará claramente que el importe por Usted integrado a la Organizadora Leg 660 SECTUR será IMPUTADO únicamente e indeclinablemente a FAVOR DE los clientes que Usted declaró en el FILE correspondiente y para el viaje cuestión. Usted como Agencia de Viajes interviniente es solidariamente responsable por hacerle llegar la NOTA DE CREDITO con el Valor Presente total y definitivo y su correcta aplicación al cliente final. REPROGRAMACIÓN CON FECHA ABIERTA. Aplica los mismos términos que las de fecha VARIABLES, pero supone que el cliente no está decidido o no puede por razones personales hacer uso de una fecha “reprogramada” por lo que directamente procede a tomar la opción de NOTA DE CREDITO por el año de plazo estipulado para una futura elección de fecha sin restricciones aplicando el Valor Presente total y definitivo que queda plasmado en su NOTA de CREDITO para ser IMPUTADO a el viaje que desee en la fecha que desee no importando la estacionalidad o duración del viaje siempre terrestre organizado por el Operador LEG 660 SECTUR.

Conocimiento de Grupos
Ir arriba